Debido a la intención de la Dirección de derivar la actividad desarrollada por el denominado Soporte local de puesto dependiente de Informática, hacia una empresa exterior (Experis It), aplicando el Artículo 44 del Estatuto de los Trabadores, lo que incluye externalizar, además de la actividad, a los trabajadores que la están desempeñando en el día de hoy; el SIT-FSI pide que se convoque a la Comisión de Empleo a la mayor brevedad posible, para tratar con detalle todas las circunstancias, particularidades y consecuencias de dicha acción.